Reglas de Conducta
Los socios de EXTRA HOMES o cualquiera de sus colaboradores, tienen la obligación de ofrecer a sus clientes un alto estándar de calidad en sus servicios.
Este servicio de calidad se ve regulado, por la presencia como socio fundador y accionista de un MIEMBRO FRICS que cumple y hace cumplir las reglas de conducta impuestas por la institución a la que pertenece.
ACTUE CON INTEGRIDAD
OFREZCA UN SERVICIO DE ALTA CALIDAD
ACTUE DE MANERA A FOMENTAR LA CONFIANZA EN LA PROFESIÓN
TRATE A LOS DEMÁS CON RESPETO
ASUMA SU RESPONSABILIDAD
Seguro de Responsabilidad civil
Toda persona física o jurídica es susceptible de producir un daño a un tercero, ya sea por acción, omisión o negligencia
El daño puede conllevar consecuencias penales, cuando la acción, omisión o negligencia está tipificada como delito, consecuencias civiles cuando se entienda que no siendo delito, sea preciso reparar o reponer la situación anterior al daño o ambas.
La responsabilidad civil basa su fundamento en los artículos 1.902, 1.903 y siguientes del Código Civil:
El art. 1.902 de Código Civil establece: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia está obligado a reparar el daño causado”.
El art. 1.903 añade: “La obligación que impone el artículo anterior es exigible, no sólo por los actos u omisiones propios, sino por los de aquellas personas de quienes se debe responder.
En el fondo, subyace el principio, que ante un daño producido y que hay que reparar, aquel que se beneficia de la existencia del trabajo o servicio debe responder.
El seguro de responsabilidad civil, como cualquier seguro, consiste en trasladar la incertidumbre del coste que uno o varios daños producidos a terceros puede suponer para la economía de una persona, ya sea física o jurídica, a una compañía a cambio de un coste conocido, la prima y hasta los limites contratados.
A nuestro entender el seguro de responsabilidad civil es de vital importancia, de hecho ya es obligatorio en multitud de actividades, pues a diferencia de un seguro de daños, por ejemplo el todo riesgo de un coche, las consecuencias de un daño / siniestro son imprevisibles.
Por ello, EXTRA HOMES cuyo administrador es FRICS por la prestigiosa institución, tiene contratado siguiendo las obligaciones marcadas por la misma.
Plan de Compliance
La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio ha convertido a las empresas o corporaciones y sociedades en general en sujetos susceptibles de ser penalmente responsables de sus actividades y que completa a las ya habituales exigencias legales en las áreas del Derecho laboral, fiscal, y mercantil.
El nuevo escenario de responsabilidad de las personas jurídicas contempla el castigo penal contra el conjunto de la persona jurídica y su imputación por los delitos cometidos por sus trabajadores o representantes.
De hecho, el Art 31 bis, apartado 1, del Código Penal detalla que las personas jurídicas serán penalmente responsables:
De los delitos cometidos en nombre o por cuenta de estas, y en su provecho, por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho.
En el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de la persona jurídica.
Y por haberse incumplido los deberes de supervisión, vigilancia y control de su actividad.
La ley exige a las personas jurídicas la puesta en práctica de controles de riesgos de índole penal capaces de garantizar su propio autocontrol, basadas en la revisión de los códigos éticos y la implantación de sistemas de “vigilancia interna” o programas de compliance.
"EL VALOR DEL SER HUMANO”
Autor: Matemático Árabe Al-Khawarizmi
“Si tiene ética, Entonces su valor es =1. Si además es inteligente, agréguele un cero y su valor será =10. Si también es rico, súmele otro 0 y será =100. Si por sobre todo eso es además Una bella persona, agréguele un 0 más y es igual a = 1000. Pero, si pierde el 1, que corresponde a la ética, perderá todo su valor pues, solamente le quedarán los ceros. “